La Universidad otorgará título profesional a quienes hayan cumplido con los requisitos del Reglamento General de Alumnos y el Reglamento de Titulación que al efecto emita la Universidad.
Los alumnos que hayan concluido sus estudios, tendrán un plazo de 24 meses para presentar el examen profesional correspondiente.
Para la presentación del examen profesional, los alumnos deben cumplir los siguientes requisitos:
· Acreditar el total de créditos obligatorios y optativos que se establezca en el Plan de Estudio.
· Acreditar la liberación o realización del servicio social según lo previsto por la normatividad correspondiente.
· Haber acreditado las unidades del programa de competencias laborales en cómputo expedidas por la Dirección General de Servicios de Cómputo.
· Demostrar la acreditación de dos semestres de Lengua Maya a través del Centro de Español y Maya.
· Presentar el examen de calidad en educación superior aplicado por los organismos externos que designe esta Universidad
· No tener adeudos con la Universidad y pagar las cuotas correspondientes.
· Cumplir con lo establecido en el Reglamento de Titulación de la Universidad Autónoma de Campeche y los demás ordenamientos universitarios.
De acuerdo al Reglamento General de Alumnos de la UACam, las modalidades de titulación en los estudios de Licenciatura son las siguientes:
I. Tesis.
II. Examen general de conocimientos.
III. Manual de prácticas para laboratorio y taller.
IV. Diseño de equipo o máquinas.
V. Curso de titulación.
VI. Seminarios de titulación
VII. Los créditos equivalentes a un semestre de maestría o doctorado
VIII. Memorias de experiencia laboral
IX. Por promedio.
X. Cuando se obtenga calificación aprobatoria, en los exámenes de calidad en educación superior aplicados por los organismos externos que designe esta Universidad.
XI. Por proyectos de investigación.
XII. La autoría o coautoría de libros de texto o científicos, relacionados con la licenciatura.
XIII. El cursar y aprobar cuando menos 3 unidades de aprendizaje optativas del programa de estudios correspondiente, cuando el alumno hubiere aprobado el número de créditos necesarios para su egreso.
XIV. Las demás que apruebe el H. Consejo Universitario.
Los alumnos de la Universidad tendrán los derechos y obligaciones que establece la legislación universitaria.